Piden la suspensión de pago de impuestos al sector comercial y Pymes

Senadores de Juntos por el Cambio presentaron un Proyecto de Ley que tiene como objetivo reducir el impacto económico a raíz de las restricciones por la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

Actualidad 01/06/2021 Redacción

Los senadores provinciales Lucrecia Egger y Lucas Fiorini enviaron a la Legislatura un proyecto de ley con el fin de reducir el impacto económico a raíz de las restricciones por la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus en monotributistas, comerciantes y titulares de pequeñas y medianas empresas (PyME).

La normativa propuesta se enfoca en dar márgenes de viabilidad efectiva y real para la recuperación post pandemia, brindando tiempo para afrontar las exigibilidades que surgen de la fuerte caída de actividad que genera el escenario presente.

PYMES en España

Los legisladores aseguraron en el proyecto de ley: “Es necesario encontrar medidas para que, una vez superadas las dificultades sanitarias, los actores socioeconómicos pequeños y medianos, que son mayoría, puedan encontrarse en condiciones de volver a ser el motor productivo y económico para salir de la recesión económica”.

“Buscamos brindar herramientas que permitan el sostenimiento de las personas y empresas que, de no adoptarse apoyo estatal y suspensión de ejecuciones, sucumbirán a corto o mediano plazo por no contar con tiempo de recuperación sin ser ahogados por la difícil situación heredada por el parate de la pandemia" añadieron.

La norma declara la emergencia económica para el referido sector por 360 días, suspendiendo ejecuciones judiciales y extrajudiciales en inmuebles y muebles destinados a la producción, aunque estuviesen gravados por hipotecas o prendas.

También suspende, por el plazo de la emergencia, las ejecuciones de sentencias de cualquier tipo que recayeren sobre bienes inmuebles, mercaderías, materias primas y maquinarias afectados a la prestación de servicios o al desarrollo productivo y la promoción de juicios de cobro de pesos.

El proyecto sostiene que sus disposiciones no serán aplicables a créditos por alimentos, los derivados de la responsabilidad por la comisión de delitos penales y los laborales. La iniciativa prevé asimismo eximir del pago total o parcial del impuesto inmobiliario y automotor.

"Alrededor de un 80% de las empresas del país han solicitado acceder a los diversos programas de ayuda que ha articulado el gobierno nacional, pero frente a la extensión del aislamiento y distanciamiento esta ayuda no resulta suficiente, porque si bien soluciona parte del problema evitando la generación de nuevos pasivos, no resuelve el problema que tanto profesionales liberales, comerciantes y PyME tienen respecto de sus ingresos", fundamentan los senadores. 

La senadora Egger expresó: "Es evidente que las consecuencias que trae aparejada la pandemia son un claro caso de fuerza mayor que impide a los deudores hacer frente a sus obligaciones en forma regular, siendo imperativo regular una moratoria generalizada, que impida la exigencia de pago y las consecuencias de la mora”.

"Resulta por ejemplo inconcebible el devengamiento de intereses de todo tipo durante el tiempo que perdure la situación excepcional y la ejecución judicial de aquellas deudas originadas durante la pandemia", señalaron los legisladores. 

Además, la senadora Egger expresó: “Es evidente que las consecuencias que trae aparejada la pandemia son un claro caso de fuerza mayor que impide a los deudores hacer frente a sus obligaciones en forma regular, siendo imperativo regular una moratoria generalizada, que impida la exigencia de pago y las consecuencias de la mora”.

“Resulta por ejemplo inconcebible el devengamiento de intereses de todo tipo durante el tiempo que perdure la situación excepcional y la ejecución judicial de aquellas deudas originadas durante la pandemia", agregó la legisladora. 

En caso de que la Ley sea aprobada, las personas podrán acceder al beneficio de las actividades económicas afectadas en forma crítica en la zona donde se desarrollan, cuando la cantidad de trabajadores contagiados por el Covid o en aislamiento obligatorio o con dispensa laboral por estar en grupo de riesgo u obligaciones de cuidado familiar supere el 30%; hasta un 50% de reducción en su actividad, cuando pese sobre la misma restricción total o parcial para desarrollarla o hasta un 50% de reducción en sus ventas.

Se encuentran excluidos de los beneficios referidos los monotributistas y titulares de PyME cuya actividad y servicio hayan sido declarados esenciales. Tampoco podrán acceder a la emergencia las empresas que no exterioricen indicios concretos de una disminución representativa de su actividad.

Por último, los senadores indicaron: "La pandemia y las medidas de confinamiento impuestas importan entonces circunstancias imprevisibles e inevitables que causan un deterioro económico generalizado frente al cual se proponen los siguientes remedios paliativos a adoptar por el término de 360 días”

“Es urgente establecer normas de emergencia que resten exigibilidad de las obligaciones, con plazos ciertos de duración, con la previsión de su posible prórroga en caso de mantenerse las situaciones que imposibiliten el normal funcionamiento de la economía", concluyeron los legisladores.

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